lunes, octubre 04, 2010

fallo dolo y culpa conciente diferencias

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, en la causa 38818 resuelta el 25 de agosto de 2010, en el que debió resolver la conducta de un chofer de colectivo que atropelló a una madre y a sus hijos produciendo la muerte de uno de ellos y lesiones de gravedad a los otros dos, se expidió sobre la problemática dogmática en cuanto al límite entre culpa consciente y dolo eventual, concluyendo que el imputado incurrió en homicidio culposo, pero no en homicidio con dolo eventual, conducta por la que estaba procesado. Fundaron su fallo sosteniendo que para imputar dolo eventual debe demostrarse siempre la existencia de una decisión voluntaria y consciente del autor en contra del bien jurídico, y esto se explica por la concurrencia de sus dos elementos básicos que son la representación del peligro y la aceptación del riesgo y por las constancias del expediente no permitieron sostener que el imputado ex ante conocía concretamente –mas allá del riesgo general que implica la conducción vehicular- que con su maniobra antirreglamentaria lesionaría la integridad física de las víctimas y que, conformado con ello, iba a continuar con su maniobra vehicular de giro,ello sin perjuicio de resaltar que, por el horario en que se produjo el suceso, por ser una zona céntrica y por tener una gran cantidad de pasajeros, es dable sostener que debió haber tomado mayores recaudos en su condición de conductor de un vehículo de transporte público de pasajeros.

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